Proyecto de Ley 477 de 2026 Cámara · radicado el 29 de octubre

¿Cómo le pega la Ley de Rescate?

Diga cuánto gana y cómo gana. Cada cifra sale de un artículo del proyecto que radicó el Ministerio de Hacienda, y lleva el artículo al lado. Es un proyecto: el Congreso lo puede cambiar entero, y tiene hasta el 16 de diciembre para aprobarlo.

Su perfil

Salario mínimo 2026: $1.750.905. Dos mínimos: $3.501.810.
El proyecto deroga la deducción extra de 72 UVT por dependiente (art. 106).
hasta 2 mínimos
de 2 a 3 mínimos
más de 3 mínimos
EfectIVA devuelve IVA a pobreza y vulnerabilidad según el instrumento de focalización (art. 38). Los tramos exactos los fija el DNP.

Cómo se calcula. Salud: tabla del artículo 21 (p. 230-231), sobre todo el salario para asalariados y sobre el 40% del ingreso para independientes. Renta: a lo que queda tras los aportes se le resta la renta exenta del 25% (tope 790 UVT hoy, 630 con el art. 47) y se aplica la tabla de retención vigente (art. 383 del Estatuto) y la del artículo 50 del proyecto. No incluye otras deducciones ni el IVA. UVT 2026: $52.374. La lista de lo que pasa a IVA del 19% sale de comparar los artículos 42, 45 y 46 del proyecto con los artículos 424, 468-1 y 477 vigentes. Texto radicado: camara.gov.co. El análisis completo, con el diagrama de fuerzas, está en Hoy en el Congreso.

Ricardo Ruiz · 30 de octubre de 2026 · Esto no es asesoría tributaria: es la lectura de un proyecto de ley que todavía no es ley.